Si decides dejar voluntariamente tu trabajo, tienes derecho a recibir el finiquito con las cantidades que la empresa todavía te deba hasta la fecha de finalización de la relación laboral.
Sin embargo, la baja voluntaria no genera, en principio, una indemnización por despido.
¿Qué te corresponde por baja voluntaria?
Al presentar una baja voluntaria, el finiquito puede incluir:
- Salario pendiente de los días trabajados del último período.
- Vacaciones generadas y no disfrutadas.
- Parte proporcional de las pagas extraordinarias, si no están prorrateadas.
- Horas extraordinarias pendientes, cuando corresponda.
- Comisiones, bonus o incentivos que ya hayas generado y todavía no hayas cobrado.
- Otros conceptos salariales pendientes de pago.
La cantidad exacta depende de tu contrato, convenio colectivo y de lo que hayas generado hasta la fecha de salida.
1. Salario de los últimos días trabajados
Si abandonas la empresa a mitad de mes, la empresa debe incluir en la liquidación el salario correspondiente a los días trabajados que todavía no hayas cobrado.
Por ejemplo, con un salario de 1.800 € al mes y 12 días trabajados:
1.800 ÷ 30 × 12 = 720 €
En este ejemplo, serían 720 € brutos de salario pendiente, antes de aplicar las deducciones correspondientes.
2. Vacaciones no disfrutadas
También deben liquidarse las vacaciones que hayas generado y no hayas disfrutado.
Por ejemplo, si hasta tu último día has generado 15 días de vacaciones y ya has disfrutado 10:
15 − 10 = 5 días pendientes
Esos días deben valorarse económicamente en el finiquito.
3. Pagas extraordinarias
Si cobras pagas extraordinarias que no están prorrateadas, tendrás que comprobar qué parte proporcional has generado hasta tu último día de trabajo.
Por ejemplo, si una paga extra de 1.800 € se genera durante 6 meses y has trabajado 3 meses desde el último devengo:
1.800 ÷ 6 × 3 = 900 €
En este ejemplo, habrías generado 900 € de esa paga extraordinaria.
Si las pagas están prorrateadas, normalmente ya se han ido cobrando en las nóminas mensuales.
4. Otras cantidades pendientes
El finiquito también puede incluir cantidades que ya hayas generado y todavía no hayas cobrado, como:
- Horas extraordinarias.
- Comisiones.
- Bonus.
- Incentivos.
- Complementos salariales.
- Otros conceptos previstos en el contrato o convenio.
¿Tengo derecho a indemnización por baja voluntaria?
En general, no tienes derecho a una indemnización por despido cuando eres tú quien decide voluntariamente finalizar la relación laboral.
Sí tienes derecho a cobrar las cantidades que hayas generado y estén pendientes, es decir, tu finiquito.
Por ejemplo:
Baja voluntaria → finiquito: sí.
Baja voluntaria → indemnización por despido: no, con carácter general.
¿Tengo derecho al paro si me voy voluntariamente?
Como regla general, la baja voluntaria no permite acceder inmediatamente a la prestación por desempleo, porque la situación se considera una decisión voluntaria del trabajador.
Esto es diferente del finiquito: puedes cobrar tu finiquito y, al mismo tiempo, no tener derecho inmediato a la prestación por desempleo.
¿Tengo que avisar antes de irme?
Normalmente existe un preaviso, cuya duración puede estar establecida por el convenio colectivo, el contrato o la normativa aplicable.
Por eso, antes de presentar la baja voluntaria, conviene comprobar cuál es el período de preaviso que te corresponde.
Si no respetas el preaviso aplicable, pueden existir consecuencias económicas en la liquidación, dependiendo de lo establecido en tu convenio o contrato.
Ejemplo de finiquito por baja voluntaria
Imagina que tienes:
- Salario mensual: 1.800 €
- 10 días trabajados pendientes: 600 €
- Vacaciones no disfrutadas: 420 €
- Parte proporcional de paga extra: 900 €
- Otras cantidades: 0 €
El cálculo sería:
600 + 420 + 900 = 1.920 €
En este ejemplo, el finiquito bruto sería de 1.920 €, antes de aplicar las deducciones que correspondan.
No habría que añadir una indemnización por despido simplemente por tratarse de una baja voluntaria.
¿Qué debes comprobar antes de firmar?
Antes de firmar el documento de liquidación, revisa:
- La fecha de tu último día de trabajo.
- Los días trabajados pendientes de cobrar.
- Las vacaciones generadas y no disfrutadas.
- Las pagas extraordinarias pendientes.
- Las horas extra, comisiones o incentivos.
- Las posibles deducciones.
- Que el preaviso se haya aplicado correctamente.
Si las cantidades no coinciden con tus cálculos, pide que te expliquen cada concepto antes de firmar.
En resumen
Si presentas una baja voluntaria, normalmente te corresponde cobrar el finiquito, que puede incluir:
Salario pendiente + vacaciones no disfrutadas + pagas extra pendientes + otros conceptos generados
Lo que normalmente no corresponde es una indemnización por despido.
Además, la baja voluntaria puede afectar a tu acceso inmediato a la prestación por desempleo.
¿Quieres calcular cuánto te corresponde de finiquito por baja voluntaria? Introduce tu salario, fecha de inicio, fecha de salida, vacaciones disfrutadas y número de pagas para obtener una estimación.
